... y propósito de enmienda en la energía solar fotovoltaica. Al fin el Ministerio de Industria, poco a poco, parece que se va dando cuenta del desaguisado que ha provocado en los últimos años en las energías renovables, y ha visto lo equivocado estaba, así como los grandes beneficios, ahora cuantificados, que representan estas.
La resolución, en base a los informes técnicos recibidos de Red Eléctrica de España sobre la seguridad del sistema frente a la inclusión de energías renovables, y los informes económicos, aprueba la construcción de 9.030MW renovables al sistema eléctrico hasta el 2013, a los que se añadiran un mínimo de 1.900MW fotovoltaicos hasta al 2012, que siguen un proceso de asignación distinto.
En la resolución la Secretaría de Estado de Energía, dependiente del Ministerio de industria, reconoce el ahorro económico que representa la energía renovable en el sistema eléctrico, la cuantifica y además reconoce otros beneficios asociados. Lo destacamos en negrita en este fragmento que copiamos de la resolución que incide, justamente, en todo lo que hemos ido destacando desde hace meses en este blog. Las renovables hacen bajar el precio del pool y ello significa no un sobrecoste global, sino un ahorro:
Las conclusiones del Informe sobre el impacto económico de la entrada en funcionamiento de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable, en el horizonte 2014, elaborado por la Secretaría de Estado de Energía, son las siguientes:
El sobrecoste para la el sistema derivado del cumplimiento de los objetivos de potencia del Plan de Energías Renovables 2005-2010 supondría, en 2010, valorado al precio del mercado actual, alrededor de 3.660 M€.
El desigual desarrollo de las distintas tecnologías, y el exceso de instalación en algunas de ellas, provocará que, ya al cierre de 2009, un año antes del horizonte del Plan de Energías Renovables 2005-2010, el sobrecoste para el sistema de la producción de energía eléctrica a partir de energías renovables se situará por encima de los 5.000 M€.
Esta situación se agravaría si todas las instalaciones inscritas en el pre-registro entrasen en funcionamiento en 2010, lo que situaría el sobrecoste del régimen especial en 7.254 M€.
En cambio, la entrada en operación gradual de las instalaciones de tecnología solar termoeléctrica y eólica inscritas en el Registro de preasignación, durante el periodo 2010-2013, permitirá una absorción mucho más moderada del coste asociado a dichas tecnologías. El escenario propuesto para entrada en operación implica un sobrecoste del régimen especial de 5.959 M€ en 2010.
En cualquier caso, este análisis no considera otros impactos de la entrada de renovables sobre los costes de generación, tales como el posible descenso de precios del pool por la entrada de las energías renovables, ya que compara distintos escenarios asumiendo precios constantes entre escenarios. Tampoco cuantifica el impacto que la menor gestionabilidad de las renovables puede tener sobre el sistema, ya que su mayor instalación puede obligar al mantenimiento de un parque térmico de generación abierto durante un número reducido de horas, sin capacidad para recuperar los costes fijos, que deberían soportar los costes regulados mediante sistemas de pago por capacidad. No obstante, estos efectos se consideran secundarios y en buena medida se contrarrestan en un equilibrio de largo plazo.
Este escenario posibilitará un ahorro acumulado aproximado para el sistema hasta el año 2013 de 2.500 M€.
Por último, es necesario reflejar que existen unos límites máximos al déficit tarifario legalmente establecidos en el Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, de 3.500 M€, 3.000 M€, 2.000 M€ y 1.000 M€, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, respectivamente.
En todo caso, debe señalarse que este informe cuantifica exclusivamente el efecto a corto plazo sobre los costes del sistema eléctrico de la entrada de las instalaciones renovables, pero no cuantifica en cambio sus efectos positivos, como la sostenibilidad de sus fuentes, la reducción en las emisiones contaminantes, el cambio tecnológico, la reducción de la dependencia energética y del déficit de balanza comercial, el aumento del nivel de empleo y el desarrollo rural, entre otros, beneficios que en su conjunto exceden ampliamente a los costes y justifican el marco regulatorio de apoyo a las energías renovables.
Además el Secretario General de Planificación Energética y Minas manifestó recientemente que están estudiando seriamente en una bajada extraordinaria de las primas a la energía fotovoltaica, al margen de las bajadas automáticas trimestrales establecidas en la actual legislación, debido a la gran reducción de costes que ha experimentado esta tecnología. Eventualmente esta bajada extraordinaria de las primas podría conllevar un aumento extraordinario equivalente del cupo de energía fotovoltaica a instalar en los próximos años.