miércoles, octubre 27, 2010

España perderá 5.000 millones de euros hasta 2020 si desaparece la fotovoltaica


Supondría tener 40.000 empleos estables y de calidad menos. Si el mercado aumentase a 1.500 MW anuales, se obtendría un balance positivo de 13.500 millones de euros. La Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF), ante el riesgo de que desaparezca el mercado fotovoltaico español por el abandono del apoyo gubernamental, ha elaborado un informe en el que se cuantifica el impacto macroeconómico negativo que tendría sobre el país, que asciende a casi 5.000 millones de euros hasta 2020.

Según las conclusiones del informe Impacto macroeconómico de la desaparición del mercado fotovoltaico en España, en el caso de que no se instalen los 500 MW fotovoltaicos anuales previstos por la regulación, el país perdería 4.979 millones de euros hasta 2020, así como unos 40.000 puestos de trabajo estables y de calidad, atendiendo a la sustitución de la energía solar por centrales térmicas de gas.

El Informe realiza un análisis coste-beneficio, en el que se computan las primas, los ahorros en importaciones energéticas y en derechos de emisión, los impuestos y tasas, las contribuciones a la Seguridad Social y las menores pérdidas en las redes de transporte y distribución.

Merece la pena señalar que el informe no cuantifica el efecto netamente positivo que la llegada de la paridad de red y la implantación del autoconsumo tendría para el país. Tampoco cuantifica el efecto del descenso de los precios del pool eléctrico por la oferta de la energía fotovoltaica a precio cero en la punta de la demanda del mediodía, ni el previsible encarecimiento de los precios de los hidrocarburos durante la próxima década, entre otras partidas no computadas.

En el caso de que el mercado fotovoltaico aumentara hasta los 1.000 MW ó 1.500 MW anuales hasta 2020, el país obtendría un balance aún más positivo que con los 500 MW previstos, evaluado en 9.386 y 13.794 millones de euros respectivamente.

El mercado fotovoltaico español lleva paralizado por la regulación y la incertidumbre más de dos años. Durante 2009 el Sector perdió el 90% del empleo temporal y el 30% del fijo, unos 30.000 puestos de trabajo en total. Durante este 2010, el Sector ha entrado en descomposición y únicamente aquellas empresas y actividades relacionadas con los mercados exteriores están consiguiendo sobrevivir.


El informe de ASIF (hacer click en las imágenes y cuadros para visualizar mejor):


Impacto macroeconómico de la desaparición del mercado fotovoltaico en España
1.1 Origen y objetivo del Estudio
En el Comité de Dirección de ASIF de 2 de Septiembre de 2010, se planteó la conveniencia de realizar un cálculo de orden de magnitud del impacto macroeconómico para España si se perdiera el mercado actualmente previsto por el RD 1578/2008 de 500 MW al año (puestos de trabajo, pérdida para el sistema de distribución, impacto en el precio del pool eléctrico, etc.).

1.2 Planteamiento del Cálculo/Estudio.
Se hace el siguiente planteamiento: La industria fotovoltaica realiza una serie de retornos al Estado, totalmente cuantificables, y aunque la tarifa fotovoltaica supone un coste, debido a esos retornos, se puede considerar que se realiza una inversión, pues el sector fotovoltaico devuelve indirectamente al Sector Público parte de ese coste a través del impuesto de sociedades, tasas locales, contribuciones a la Seguridad Social, e IRPF de los trabajadores en el sector, además de otros temas fiscales.
Se realizan los cálculos que determinan el orden de magnitud de esos retornos hasta el año 2020, para valorar el perjuicio que representaría perder un mercado anual de 500 MW de instalaciones fotovoltaicas previsto en la regulación actual. También se calcula el impacto que tendría la instalación de 1.000 MW y 1.500 MW fotovoltaicos anualmente.

1.3 Hipótesis planteadas en el cálculo de ingresos
Existen una serie de hipótesis tales como:

- Se supone que toda la energía que no se cubra con energía solar fotovoltaica, deberá ser cubierta con ciclos combinados al precio que corresponda, que en principio se valora a 7c€/kWh.

- Se considera también para el cálculo los posibles ingresos o contribuciones, por emisiones de CO2, un precio de 27 €/Tn.

- El coste de una instalación fotovoltaica, se ha considerado que decrece progresivamente desde los 3 €/Wp actuales, hasta 1 €/Wp en el año 2020.

- Para el cálculo de los ingresos por contribuciones a la Seguridad Social, se han tenido en cuenta los costes tanto para el empresario como para el trabajador, habiendo realizado la aplicación de los siguientes porcentajes:
Para la Empresa 34,15% de costes sobre los ingresos de los trabajadores:
  1. 23,6% de costes en contingencias comunes.
  2. 6,55% de contingencias profesionales (5,75% de desempleo, 0,2% de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), y 0,6% de formación profesional).
  3. 4% de contingencias por enfermedad y accidentes profesionales (según la «TARIFA PARA LA COTIZACIÓN POR ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, por la Modificación de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, por la que se modifican los siguientes preceptos de la Ley 42/2006, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, modificando la tabla de cotización contenida en el apartado uno de la disposición adicional cuarta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007.
Para el Trabajador 6,35% de costes sobre sus ingresos:
  1. 4,7% de costes en contingencias comunes.
  2. 1,65% de contingencias profesionales

- Se ha supuesto en los cálculos un IRPF medio de los trabajadores del 18%, sobre un sueldo de 24.000 €/año. Para el cálculo de la Empresas, se han supuesto unos beneficios netos del 10% sobre el negocio generado, y un impuesto de sociedades del 30%.

- La cantidad de empleos necesarios para la actividad fotovoltaica, se ha supuesto de 57,2 puestos por MW construido en el año para la actividad de construcción, y de 2,8 puestos por MW acumulado para actividades de Operación y Mantenimiento.
- En la creación de puestos de trabajo, en comparación con respecto a los Ciclos Combinados, se tiene en cuenta la creación de puestos por unidad de potencia, y la mayor producción en horas año de los ciclos combinados.

- Para las tasas locales se suponen un costes de 0,15 €/Wp, sobre el coste de la instalación.

- Con respecto a las tarifas fotovoltaicas previstas para el año 2011, ya se han considerado las bajadas anunciadas en el Borrador de Real Decreto (45% para la de Tipo II, 25% para las de Tipo I.2, y 5% para las de Tipo I.1). Las futuras bajadas de las tarifas, serían del mismo orden de las ya aplicadas según el RD 661.

- También se ha considerado una producción promedio a partir del 2.011 de 1.600 horas anuales, y para los Ciclos Combinados 2.500 horas anuales.

1.4 Casos planteados
Para el cálculo de los ingresos en las instalaciones fotovoltaicas, se ha calculado la diferencia entre los Casos Base (que suponen que a partir del año 2008, y hasta el año 2020, se instalan en España un total de 500 MW, 1000 MW, o 1500 MW anuales), y un caso hipotético, en el que en los años 2009 y 2010, se instalan en España unas cantidades mínimas, menores de 500 MW al año, como ha sido la realidad (se ha puesto 166 MW en 2009, y 200 MW en 2010), y a partir de entonces y hasta el año 2020 no se realizan ya instalaciones fotovoltaicas para simular la pérdida total del mercado.

1.5 Puestos de trabajo creados con respecto a los utilizados en los Ciclos Combinados hasta los años 2015 y 2020 para los diferentes casos
La creación de puestos de trabajo, si deja de considerar en España la energía solar fotovoltaica, se sustituye por ejemplo con generación con gas, y se analiza con respecto a los tres diferentes casos contemplados, sería la siguiente:


Por lo tanto, se consigue una creación de puestos de trabajo que en el caso inferior de realizar 500 MW/año, es de unos 40.000 puestos de trabajo a 2020.


1.6 Resultados acumulados de las diferencias hasta los años 2015 y 2020 para el Caso Base con 500 MW anuales
Se han calculado hasta el 2015 y también hasta 2020, el balance macroeconómico que para el país supone perder el mercado FV, es decir se han calculado la diferencia entre lo que se deja de ingresar y lo que hubiera costado en tarifas fotovoltaica el mantener el mercado de 500 MW al año, siendo los resultados los siguientes:
Caso Base con 500 MW anuales


Siendo los resultados gráficos los siguientes:


Siendo los números de los ejes de abscisas, los siguientes:
  • 1- PERDIDAS EN TRANSPORTE Y DISTRIBUCION
  • 2- CONTRIBUCIONES A LA SS
  • 3- IISS
  • 4- IRPF
  • 5- TASAS LOCALES
  • 6- INGRESOS TOTALES
  • 7- COSTE DE LA TARIFA FV
  • 8- INGRESOS MENOS COSTE DE LA TARIFA
  • 9- AHORRO DE GAS
  • 10- DERECHOS DE EMISIÓN
  • 11- BALANCE ECONÓMICO PAIS

1.7 Resultados acumulados de las diferencias hasta los años 2015 y 2020 para el Caso Base de 1.000 MW anuales

Los resultados son los siguientes:


Siendo los resultados gráficos los siguientes:


1.8 Resultados acumulados de las diferencias hasta los años 2015 y 2020 para el Caso Base de 1.500 MW anuales

Los resultados los siguientes:


Siendo los resultados gráficos los siguientes:


1.9 Conclusiones
Se han calculado hasta el 2015 y 2020, las pérdidas (ingresos menos costes) que tendría el Estado Español, si se abandona la industria fotovoltaica con respecto a un caso base de 500 MW anuales hasta 2020, son de:
4.979.353.305 de Euros hasta el 2020
1.987.520.809 de Euros hasta el 2015

Los mismos datos, con respecto al caso de perder un mercado de 1000 MW anuales hasta 2020, daría unos resultados de:
9.386.875.368 de Euros hasta el 2020
3.756.763.502 de Euros hasta el 2015

Los mismos datos, con respecto a un caso base de 1500 MW anuales hasta 2020, daría unos resultados de:
13.794.397.431 de Euros hasta el 2020
5.526.006.195 de Euros hasta el 2015

Gráficamente estos resultados son los siguientes:


1.10 Nota final

Se pueden considerar estos resultados conservadores, pues no se ha tenido en cuenta que cuando se llegue a la paridad con la red en los diferentes segmentos, lo cual se alcanzará dentro de esta década, el Estado ya no estará pagando la tarifa fotovoltaica, pues con el autoconsumo, no será necesario cobrarla.

2 comentarios:

  1. A primera vista, me parece que hay un error de concepto en estos cálculos. Si la electricidad consumida no es fotovoltaica, sino, pongamos, de ciclo combinado de gas o de cualquier otro tipo, los trabajadores que estuvieran empleados en estas otras centrales también pagarían su seguridad social, etc., y las empresas productoras también pagarían su impuesto sobre el beneficio y sus tasas locales. Por tanto, al menos estos conceptos habría que sacarlos del balance.

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  2. s.sanchez yo creo que eso ya está contemplado. Fíjate en (C&P): "Puestos de trabajo creados con respecto a los utilizados en los Ciclos Combinados hasta los años 2015 y 2020 para los diferentes casos"

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