viernes, enero 29, 2010

La inyección de electricidad a la red no era un requisito establecido por el RD 661/2007 para acceder a su régimen retributivo

Nota de prensa de la Asociación de la Industria Fotovoltaica


Las instalaciones debían estar terminadas e inscritas en el registro correspondiente para acogerse a la citada norma

Madrid, 29 de enero de 2010. La Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF), en relación a las inspecciones realizadas durante 2009 por la Comisión Nacional de Energía (CNE) a las instalaciones fotovoltaicas, señala que el vertido de electricidad a la red antes del 30 de septiembre de 2008 no era un requisito exigido por el Real Decreto 661/2007 para acogerse a su régimen retributivo. Sí lo eran, por el contrario, que las instalaciones estuvieran terminadas e inscritas en el Registro Administrativo de Productores de Electricidad en Régimen Especial.
Por lo tanto, que la CNE haya constatado que 430 instalaciones no estaban inyectando energía antes de la fecha indicada no implica que deban excluirse del régimen retributivo establecido por el RD 661/07.
No obstante, ASIF quiere subrayar su más firme rechazo a las infracciones que puedan reflejar los expedientes de inspección levantados a esas instalaciones. ASIF, en ningún caso, las defiende o justifica; únicamente quiere circunscribir la situación a las reglas establecidas con seriedad y rigor.
Como viene reiterando desde hace más de un año, ASIF cree que, para librar al Sector Fotovoltaico español de cualquier sombra de sospecha, deben identificarse todas las eventuales actuaciones concretas cometidas al margen de la legalidad y aplicar a sus autores el tratamiento que la Ley establezca con la máxima severidad.

Sobre ASIF
La Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF) es la asociación estatal de referencia de la energía solar fotovoltaica en España. Formada por casi 500 empresas y entidades de toda la cadena de valor de la tecnología, representa a la práctica totalidad del sector: promotores, consultores, ingenierías, fabricantes de módulos y componentes, distribuidores, instaladores, centros tecnológicos y formativos, aseguradoras, empresas de seguridad…
 
Más información:
Tomás Díaz y Nuria Fuentes. Tel.: 915 900 300
comunicacion@asif.org
http://www.asif.org

2 comentarios:

  1. Felicidades por el blog.
    Sigo tus posts con mucho interes.
    Una peticion: Si podrias explicar detalladamente que contiene el Resto de regimen especial y sus porcentajes. Porque me parece que es un saco donde meten de todo..
    Un saludo y enhorabuena

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  2. Gracias.

    Mira el REPE incluye todo lo que ves aquí: http://www.revolucionenergetica.info/2010/01/la-energia-renovable-genero-el-30-de-la.html menos la hidráulica, que es régimen ordinario y no recibe primas, y añadiendo la cogeneración, que es una cantidad significativa.

    El Régimen Especial engloba todas aquellas energías que reciben una prima ex-mercado.

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